Nuestra causa de este mes… Que no te engañen!!

 

Se acercan elecciones sindicales al bloque logístico de Mercadona Zaragoza y siguiendo nuestra política de transparencia para con nuestros compañeros explicamos en que consiste:

CAMPAÑA PRE-ELECTORAL :

En la primera fase los sindicatos que quieran participar en dichas elecciones deben conseguir los candidatos necesarios para presentarse a las mismas o permanecer en el comité de empresa.

Nos está llegando información, sobre como están buscando candidatos otras secciones sindicales. Parece ser que lo enmascaran como encuestas e intención de voto, cuando la realidad es que si firmas dichos documentos, formas parte de su candidatura.

Por supuesto si esta situación es cierta, nos parece una manera de actuar poco honesta y transparente con nuestros compañeros ,a los que «engañan» para conseguir candidatos a su sección sindical, dándonos a entender que utilizando la sinceridad y claridad, pudiera ser que no consiguiesen los candidatos, para formar dicha candidatura.

Por lo menos es lo que nos transmite esta manera de actuar.

Os mostramos como son dichas hojas para que os familiaricéis con ellas, si por supuesto sois conscientes y queréis rellenarlas adelante, cada uno es libre de apoyar a las diferentes siglas sindicales.

Pero nuestro deber es informar a todos/as los compañeros de lo que están firmando:

Nosotros siendo fieles a nuestros principios y al respeto a nuestros compañeros cuando se os proponga participar en el proceso electoral se os informará claramente de toda la información relevante del mismo y tendréis siempre la puerta abierta para que os resolvamos cualquier duda sobre el mismo.

Formar parte de una candidatura no implica la obligación de votar al sindicato que has firmado.

El voto es secreto y libre.

PARA CUALQUIER DUDA NO DUDES EN PONERTE EN CONTACTO CON CUALQUIERA DE NUESTROS DELEGADOS, TE INFORMARAN SIN NINGUN PROBLEMA

 

Inicio del proceso:

Constitución de la mesa electoral

En la comunicación que la empresa entregue a los trabajadores indicará la fecha, hora y lugar en el que se constituirá la mesa electoral, y el día señalado los miembros que finalmente formen la mesa levantarán acta en la que se haga constar quienes son los miembros de la misma, en esta constitución estarán presentes la representación sindical y la empresa.

Componentes de la mesa electoral:

Las mesas electorales están compuestas por:

  • El trabajador más antiguo, que será el presidente.
  • El elector de mayor edad, que actuará como vocal.
  • El de menor edad será el secretario.

Se designan suplentes a los trabajadores que sigan a los titulares de la mesa en el orden de antigüedad o edad en el mismo colegio.

Funciones de la mesa electoral

  • Vigilar el proceso electoral, presidir la votación.
  • Realizar el escrutinio.
  • Atribuir los resultados.
  • Resolver las reclamaciones que se presenten.
  • Resolver las reclamaciones previas.
  • Recepción de las candidaturas.
  • Publicar las candidaturas pasados dos días hábiles después de la presentación de candidatos.
  • Proclamar la fecha de la votación.
  • Fijar el horario en el que estarán abiertos los colegios electorales, que será dentro de la jornada laboral.

 

Adopción de acuerdos:

Las decisiones se tomarán por mayoría de votos.

Una vez constituida la mesa, se presentarán las candidaturas frente a esta, quien deberá publicarlas.

Electores, quien puede votar:

Reúnen la condición de electores los trabajadores que al momento de la votación sean mayores de 16 años con una antigüedad en la empresa de, al menos, un mes.

Campaña electoral en la empresa:

Las candidaturas son validadas por la mesa o mesas constituidas, que podrá admitir subsanaciones hasta el momento de proclamación oficial de los candidatos.

Pueden hacer campaña electoral los promotores de las elecciones, los presentadores de candidatos, y los candidatos mismos.

El plazo permitido para ello es desde la proclamación definitiva de los candidatos hasta las cero horas del día anterior a la votación.

 

Votación:

La mesa electoral, preside el acto de la votación, al que debe acudir un representante de la empresa realizándose en el centro o lugar de trabajo y dentro de la jornada laboral ordinaria.

La votación puede interrumpirse o suspenderse sólo por causas de fuerza mayor, bajo la responsabilidad de la mesa electoral o mesa de colegio, en su caso.

Los delegados de personal y los miembros del comité de Empresa se eligen por todos los trabajadores mediante sufragio personal, directo, libre y secreto.

El derecho a votar se acredita por la inclusión en la lista de electores publicada por la mesa electoral y por la justificación de la identidad del elector.

Si el elector quiere emitir el voto por correo debe comunicar su intención a la mesa, desde el día siguiente a la convocatoria electoral hasta 5 días antes de la fecha de la votación.

La comunicación se hace a través de las oficinas de correos siempre que se acredite debidamente la personalidad. No obstante, tal comunicación también puede ser efectuada por otra persona debidamente autorizada.

 

La mesa, una vez comprobada la condición de elector, le remite las papeletas y el sobre donde debe introducir su voto. El trabajador, una vez elegida la papeleta, envía ésta a la mesa electoral, junto a su fotocopia del DNI, en un sobre de mayores dimensiones, por correo certificado, antes de que se termine la votación.

Concluida la votación en los colegios electorales y antes de empezar el escrutinio, el presidente de la mesa abre los sobres de los votos por correo que hasta ese momento ha custodiado el secretario, comprueba la identidad del elector e introduce la papeleta en la urna, declarando expresamente que se ha votado.

Si la correspondencia electoral se recibe finalizada la votación, no se computa el voto ni se tiene como votante al elector, procediéndose a la incineración del sobre sin abrir, dejando constancia de tal hecho.

Escrutinio y atribución de resultados:

Inmediatamente después de celebrada la votación, las mesas comienzan públicamente el recuento de votos, que el presidente debe hacer en voz alta.

El escrutinio global se realiza por todas las mesas electorales del centro de trabajo de reunión conjunta. El resultado del escrutinio debe reflejarse en los modelos oficiales.

 

Atribución de resultados

Los resultados se atribuyen de diferente manera según el tipo de elección ante el que estemos.

  • En las elecciones para delegados de personal. Se otorgan los puestos a aquellos candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos válidos, ya que son listas abiertas.
  • En las elecciones a comité de empresa,
    • Se descartan aquellas candidaturas que no hubieran obtenido, al menos, el 5% de votos válidos
    • Se otorga a cada candidatura el número de representantes que ha obtenido, dividiendo el número de votos válidos por el total de puestos a cubrir.

 

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