ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES ACTUALIZADO

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PERMISOS RETRIBUIDOS:

Todos los permisos retribuidos comenzaran a disfrutarse el primer día laboral.

Dichos permisos (a excepción de los correspondientes a matrimonio y pareja de hecho) son de aplicación en días laborales (Días de trabajo efectivo) con lo cual no se tendrán en cuenta descansos semanales ni festivos. Excluyendo periodos vacacionales, excedencias, bajas por maternidad y/o paternidad entre otros.

  • 4 Días al año que pueden utilizarse también por horas. Este permiso dará derecho a ausentarse por motivos familiares urgentes.
  • 5 Días para la atención de un familiar o conviviente hasta 2º grado y/o convivientes (que requiera el cuidado efectivo de ésta). En casos de hospitalización, enfermedad grave o intervención sin hospitalización.

PERMISOS NO RETRIBUIDOS:

  • 8 Semanas hasta que el o la menor cumpla 8 años. Este permiso podrá disfrutarse a tiempo completo o parcial de manera continuada o discontinua.

OTROS PERMISOS RETRIBUIDOS Y RECONOCIMIENTOS :

15 Días de permiso para las parejas de hecho desde la realización del Registro.

Equiparación de las familias Monoparentales a partir de 2 hijos/as a las familias numerosas.

AYUDAS PARA LAS MADRES

  • Ampliación de la ayuda de 100 euros mensuales hasta los 3 años del/a menor. A ésta ayuda podrán acceder:
  1. Mujeres con trabajo a tiempo parcial
  2. Mujeres que se encuentren en el desempleo
  3. Mujeres que hayan cotizado al menos 30 días después del parto (aunque no cumplan el resto de requisitos).
  4. Ampliación de los supuestos de adaptación de jornada.
  5. Por necesidades de cuidado respecto a hijos/as mayores de 12 años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares hasta 2º grado por consanguinidad y otras personas dependientes cuando en este último caso convivan en el mismo domicilio.

¿COMO SOLICITAR LOS PERMISOS?

  1. La solicitud siempre recomendamos hacerla por escrito y dirigida a el departamento de RRHH (En el caso de no hacerlo recomendamos hacerlos vía SMS o WhatsApp para que quede constancia de dicha solicitud).
  2. Dicha solicitud deberá constar de los datos del trabajador que lo solicita así como la fecha de la solicitud y los días a disfrutar.
  3. Si se niega deberemos exigir que dicha negativa se haga por escrito para una posible reclamación posterior.

Para cualquier tipo de duda tenéis a vuestra disposición delegados sindicales de OSTA en Almacenes y otras vías de contacto.

Pagina Web  «Pincha Aquí»

Correo electrónico:        ostaplaza@gmail.com

Oscar (Turno de Mañana):     605-047-927

Tinoco (Turno de Mañana)    644-516-505

David (Turno de Tarde):         630-790-858

Sede de OSTA:                       976-595-885